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NUEVA LEY DE LA VIVIENDA 2023 – DEBES SABER
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1 – Desvinculación del IPC para subidas de precio en la renta

Con la nueva ley, la subida de los precios de los alquileres queda limitada a:

  • 2% en 2023.
  • 3% en 2024.
  • En 2025 se estudiará y cerrará un índice por debajo del IPC, con el que se actualizarán todos los alquileres.

 

2 – Beneficios fiscales para propietarios

Se están barajando las siguientes bonificaciones fiscales, aunque aún están por definir:

  • Hasta un 90% de las rentas en los casos en los que los propietarios bajen el precio del alquiler.
  • Bonificación del 50% a los arrendadores que alquilen su vivienda.
  • Bonificación del 70% si se alquila a jóvenes entre 18 y 35 años
  • Bonificación del 70% si el inmueble se ha rehabilitado o tiene mejoras.
  • Bonificación del 90% si el alquiler está en zona tensionada.

 

3 – Definición y declaración de zonas tensionadas

La ley establece que serán las Comunidades Autónomas y ayuntamientos quienes estudiarán y decidirán si se declara o no una zona tensionada. Para ello, tiene que cumplirse uno de los siguientes dos requisitos:

  • Que el precio de la vivienda se haya incrementado en un 3% por encima del IPC.
  • Que el precio de la vivienda supere el 30% de la media de ingresos medios de los hogares de la zona.

 

4 – Los nuevos grandes tenedores en las zonas declaradas como tensionadas

Pasan a ser grandes tenedores las personas físicas o jurídicas que tengan 5 o más viviendas en propiedad en las zonas tensionadas o hasta 10 viviendas (o 1.500 m2) fuera de esas zonas. La calificación como gran tenedor tendrá consecuencias como una limitación especial para subidas de precio.

 

5 – Importe del alquiler en las zonas tensionadas

Para propietarios que NO son grandes tenedores, dependerá del importe de la renta del contrato que tuvieron con anterioridad, es decir, la renta mensual del nuevo contrato no podrá superar el 2% (en el año 2023) o el 3% (en el año 2024) del alquiler anterior.

En el caso de grandes tenedores, se definirá un índice que contendrá los importes de las rentas.

 

6 – Penalización para viviendas vacías

Habrá una penalización para viviendas vacías, ya que la ley permite a los Ayuntamientos aumentar el IBI a propietarios que tengan 5 viviendas en el municipio y que los inmuebles lleven vacíos más de 2 años. El recargo máximo será del 150%.

 

7 – Los arrendatarios no pagarán honorarios al profesional inmobiliario

La ley determina que “los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador”. El arrendatario pagará la fianza y, en su caso, la garantía adicional que le soliciten de acuerdo a la ley.

 

8 – Gastos extras en los alquileres (tasa de basuras, comunidad, IBI…)

La ley prohíbe incrementar el precio del alquiler añadiendo gastos.

FUENTE: ARRENTA

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